Abogados expertos en reclamaciones a bancos

 

Si ha sido Ud. perjudicado por una entidad bancaria , puede reclamar frente a la misma. Desde Alcalá, 59 le ayudamos a plantear las reclamaciones de un modo ágil, sencillo y económico para Ud. 

 

          ¿ Cuál es su caso?

 

Participaciones preferentes y obligaciones subordinadas

 

Las participaciones preferentes y deuda subordinada son productos complejos, comercializados por las entidades bancarias a clientes con un perfil minorista y ahorrador, sin que fueran conscientes de que era un producto de riesgo y complejo y en muchos casos deuda perpetua, sin posibilidades de recuperación. 

La reclamación frente a estos productos tiene un porcentaje muy alto de éxito ante los Tribunales, siempre y cuando cumpla una serie de requisitos que estudiaremos de forma personalizada a través de una entrevista sin compromiso para Ud. (mas información acerca de Preferentes)

 

 

 

Cláusulas suelo 

 

Tras la Sentencia del Tribunal Supremo, de  9 de mayo de 2013, que considera que la falta de transparencia de cláusulas como la incluida en mi contrato es determinante para poder considerarlas abusivas, se ha abierto la vía para poder reclamar a la entidad bancaria, no sólo en cuanto a la eliminación de la citada cláusula, sino en el pago de las cantidades indebidamente abonadas por tal concepto, siendo prácticamente seguro, con las informaciones existentes, que la Sentencia que dicte el Ttribunal de Justicia de la Unión Europea, acuerde el pago retroactivo de las citadas cantidades desde el mismo momento de la contratación del  producto. 

En Alcala 59 no sólo requerimos a la entidad bancaria para eliminar la citada cláusula de su préstamo hipotecario, así como otras cláusulas que pudieran resultar abusivas, sino que examinamos cada caso concreto y en su caso procedemos a hacer los cálculos y reclamar retroactivamente las cuantías abonadas de más consecuencia del citado contrato. 

 

Hipotecas multidivisa

 

Muchas entidades bancarias comercializaron las llamadas “ hipotecas multidivisas” que consisten en la contratación de un crédito hipotecario en euros, si bien las cuotas y la amortización de recalculan al tipo de interés de la divisa elegida ( generalmente en yenes o francos suizos). Muchos clientes , asesorados por los bancos, sin que se les explicara el riesgo cierto de devaluación del euro producto de la crisis bancaria, se han encontrado con el tiempo en que no sólo no estaban amortizando capital, sino que debían más dinero al banco del en un inicio . La nulidad de estos contratos bancarios, bajo ciertos requisitos, han venido siendo anulados por los distintos Tribunales, llegando incluso al Tribunal Supremo, que ha declarado que en el caso de minoristas no debidamente informado habrán de declararse nulos.
En Alcala 59 tenemos dilatada experiencia en este tipo de reclamaciones, consúltenos. 

 

Cooperativas y avales bancarios en caso de compra en pago aplazado 

 

Si Ud. ha sido cooperativista,  y ha entregado cantidades para pago sobre plano de una vivienda que nunca le llegaron a entregar con la pérdida de dichas cantidades y la imposibilidad de reclamar contra la promotora, y sin perjuicio de que en su día se diera de baja en la cooperativa, podrá reclamar, bien frente a la aseguradora, o bien frente a la entidad bancaria. El Tribunal Supremo, recientemente, ha abierto las puertas a poder recuperar este dinero , reclamando frente a las entidades bancarias, pues la ley exige la contratación de un seguro o aval bancario obligatorio que garantice la devolución de dichas cantidades, responsabilidad que incumbe igualmente a la entidad bancaria  y a las aseguradoras, con independencia de que Ud. se diera de baja o no en la cooperativa, si la vivienda nunca se finalizó o aunque se hubiera finalizado si la vivienda ha quedado embargada consecuencia de impagos de la promotora. 

 

Compró vivienda, y no tiene ni vivienda ni su dinero.

 

Podemos recuperar el dinero pagado. El Tribunal Supremo NOS AVALA para reclamar al banco. Consulta abogados gratuita, solo cobramos si recupera su dinero.

 

 

Swaps 

 

Las llamadas “swaps” permutas financieras de tipo de interés Una permuta financiera de tipos de intereses o swap  son productos financieros de alto riesgo y complejidad, dirigidos a inversores cualificados, por lo que la comercialización de estos productos y contratos a inversores particulares, y de perfil minorista incurre en error del consentimiento , y procede la nulidad del contrato. En Alcalá 59 tenemos experiencia en reclamar frente a dichos productos con un éxito muy alto, debido a que estudiamos personalizadamente el caso y sólo iniciamos acciones legales en los casos en los que la acción cumple todos los requisitos para prosperar. 

 

Bonos convertibles Banco Popular 

 

Los bonos convertibles son un producto financiero que se comercializó a pequeños inversores minoristas, siendo un producto complejo, consistente en emitir y colocar bonos convertibles en acciones. Más información aquí

 

Valores Santander

 

Los Valores Santander son también productos financieros complejos: se bonos convertibles en acciones , que del mismo modo fueron comercializados a clientes minoristas, que creían estaban contratando depósito a plazo fijo recuperable en los cinco años, sin saber que posteriormente obligatoriamente se convertirían en acciones.  El cliente que contrató este producto, lo hizo sin saber que al firmar, lo que contrataba era la compra de acciones en un futuro con el valor de la acción en el momento de la conversión.

 

Cooperativas y avales bancarios en caso de compra en pago aplazado 

 

Si Ud. ha sido cooperativista,  y ha entregado cantidades para pago sobre plano de una vivienda que nunca le llegaron a entregar con la pérdida de dichas cantidades y la imposibilidad de reclamar contra la promotora, y sin perjuicio de que en su día se diera de baja en la cooperativa, podrá reclamar, bien frente a la aseguradora, o bien frente a la entidad bancaria. El Tribunal Supremo, recientemente, ha abierto las puertas a poder recuperar este dinero , reclamando frente a las entidades bancarias, pues la ley exige la contratación de un seguro o aval bancario obligatorio que garantice la devolución de dichas cantidades, responsabilidad que incumbe igualmente a la entidad bancaria  y a las aseguradoras, con independencia de que Ud. se diera de baja o no en la cooperativa, si la vivienda nunca se finalizó o aunque se hubiera finalizado si la vivienda ha quedado embargada consecuencia de impagos de la promotora. 

Es un dinero que Ud. creía perdido, y que ahora podrá recuperar.  

 

 

 

Compró vivienda, y no tiene ni vivienda ni su dinero?

 

Podemos recuperar el dinero pagado. El Tribunal Supremo nos avala para reclamar al banco. Consulta abogados gratuita, solo cobramos si recupera su dinero.

 

 

 

 

 

Otras reclamaciones bancarias

 

 

Reclamamos por la vía extrajudicial  o judicial frente a situaciones abusivas por parte de las entidades bancarias, cobros indebidos de comisiones, cláusulas abusivas, aplicaciones de la ley de segunda oportunidad, solicitud de moratorias, oposición a ejecuciones hipotecarias…… Consúltenos. 

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